El ITER CRIMINIS es el conjunto de actos sucesivos que sigue el delito en su realización.
En muchos casos el delito no aparece de pronto, sino que sigue un proceso que los clásicos denominaban “iter criminis” o “camino del delito”.
Antes de producirse el resultado, partimos de la simple idea de cometer un delito, idea que surge en la mente del delincuente o agresor, y que termina con la consumación de ese ilícito penal. Todos los actos que van desde la ideación del delito, hasta su consumación es el “iter criminis”. Por lo tanto desde el surgimiento de la idea acerca del hecho criminal en la mente del sujeto, hasta el agotamiento del delito, existen diversos momentos o etapas que se dan en la realización del mismo. La importancia de las distintas fases reside en que algunos de los actos son punibles, pero otros no los son. Con relación al denominado “iter criminis” el derecho penal interviene en el momento en que comienza a exteriorizarse la voluntad del autor.
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